La contaminación acústica es considerada por la mayoría de la población de las grandes ciudades como un factor medioambiental muy importante, que incide de forma principal en su calidad de vida. La contaminación ambiental urbana o ruido ambiental es una consecuencia directa no deseada de las propias actividades que se desarrollan en las grandes ciudades.
Técnicamente, el ruido es un tipo de energía secundaria de los procesos o actividades que se propaga en el ambiente en forma de ondulatoria compleja desde el foco productor hasta el receptor a una velocidad determinada y disminuyendo su intensidad con la distancia y el entorno físico.
FUENTES PRINCIPALES DE NIVELES DE RUIDO URBANO.
Determinar de forma fehaciente las posibles fuentes de ruido urbano conlleva un trabajo minucioso de campo, consistente en ir tomando apuntes de aquellas causas que, a juicio de los técnicos, actúan en el origen de los niveles de ruido que se estaban produciendo.
Aquellas causas aleatorias y puntuales se contabilizan individualmente, como puede ser el ejemplo del paso de una ambulancia, la activación de una alarma de coche o de un local comercial o el paso de los servicios de limpieza nocturna.
Las causas más estables y continuas se contabilizaron según unos criterios previamente establecidos por el equipo de muestreo de campo. En el caso del nivel de tráfico se determinan cuatro posibles niveles:
· Nivel alto de tráfico.
· Nivel medio de tráfico.
· Nivel bajo de tráfico.
· Nivel muy bajo o sin tráfico.
También se tuvieron en cuenta las posibles variaciones por el estado atmosférico y climatológico durante el periodo de medida.
Las fuentes más frecuentes de los niveles de ruido que se han tenido presentes en la valoración realizada, las representamos porcentualmente a continuación:
ESTIMACIÓN DEL GRADO DE ACEPCIÓN O DESAGRADO DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA.
La valoración del grado de acepción o rechazo del grado de contaminación acústica evaluado en la ciudad, es del todo comprometido realizarlo utilizando únicamente resultados de la medición del ruido, sin realizar un análisis sociológico de la respuesta ciudadana a las afecciones sonoras. No obstante, realizamos a continuación una estimación de esta aceptación o rechazo.
A continuación realizamos una valoración sobre la posible afección de la contaminación acústica en la ciudad de Sevilla, utilizando para ello unos niveles de comparación obtenidos de la información bibliográfica disponible. Hacemos distintas valoraciones tanto para periodos diurnos como nocturnos, así como los distintos usos del medio exterior. Realizando las valoraciones sobre la base de las medidas aritméticas de los Leq (dBA) obtenidos para cada uno de los periodos de evaluación y para cada uno de los lugares de muestreo, asignándoles éstos a los distintos usos.
De forma resumida, representamos a continuación de forma gráfica unas estimaciones sobre el grado de aceptación o desagrado de los niveles sonoros ambientales durante el día y la noche en Sevilla, al amparo de los criterios de valoración definidos.
NORMATIVA SOBRE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO.
En España, a nivel tanto de competencias del Estado como de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no existe una reglamentación que contemple los niveles de exposición comunitaria al ruido.
En Sevilla, el Excmo. Ayuntamiento, aprobó la ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN AMBIENTAL EN MATERIA DE RUIDOS, el 31 de Julio de 1992. Esta ordenanza establece las normas de actuación de los ciudadanos y de la administración con objeto de proteger el Medio Ambiente Urbano contra las perturbaciones producidas por los ruidos.
En las ordenanzas se establecen en su Título III los niveles de ruido admisibles en el Medio Ambiente Urbano, tanto en el medio exterior como en el interior de los edificios.
Los niveles máximos de ruido admisibles en el medio exterior, quedan definidos en el Capítulo 2º de esta ordenanza, y son los siguientes de acuerdo con el uso del suelo:
8-22 horas 22-8 horas
Usos sanitarios 45 dBA 35 dBA
Usos industriales y almacenes 70 dBA 55 dBA
Usos comerciales 65 dBA 45 dBA
Usos residenciales 55 dBA 45 dBA
Dado el objeto de este estudio, entendemos que sería conveniente presentar, además de los criterios de valoración anteriormente expresados, un criterio de valoración basado en la bibliografía, que nos permita de forma rápida y fiable poder conocer el grado de aceptación o de rechazo de los niveles de ruido medidos. Para ello utilizaremos el siguiente cuadro comparativo:
VALORACIÓN
LA eq-D
LA eq-n
LDN
Muy ruidosa
Leq>70
Leq>60
Leq>70
Ruidosa
65
60
Leq<60
Leq<50
Leq<60
A nivel nacional, desde hace más de 15 años, los especialistas y la opinión pública vienen reclamando la necesidad de una Ley de carácter nacional que regule de forma exclusiva la contaminación acústica.
En este sentido, este grupo de trabajo considera que es necesaria una clara concienciación política al más alto nivel que condicione la elaboración inmediata de esta Ley.
Esta norma, que será de carácter básico, deberá proteger a los ciudadanos contra los efectos nocivos producidos por la exposición al ruido ambiental.
Dicha Norma Básica integrará y coordinará los Decretos y Ordenanzas ya existentes desarrollados por Comunidades Autónomas y por los ayuntamientos.
Opinión Personal
El ruido es uno de los contaminantes de un país o de una Ciudad, esto aparte de que afecta a los residenciales o a las personas que se encuentran cerca tanto a los que los producen como los que los oyen cerca y además que hace un efecto una persona puede que dar trastornada al recibir un ruido y puede hasta morir de un infarto y no solo de un infarto si no que esta disminuyendo el tiempo de vida y su salud la esta empeorando aunque sea esta una persona sana, es decir, una persona produciendo un ruido o que escucha ese ruido en todo momento se esta matando el/ella misma.
Conclusión
El ruido es un fenómeno que destruye mucho más rápido al ser humano y que este le hace daño a todo el mundo sin importar la clase de persona que sea esta ni aunque trate de evitarlo escuchándolo le aria daño de todas forma.
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